El formulario EX-26 sirve para pasar de tu autorización de residencia actual a otra sin volver a tu país, por ejemplo al terminar el año de la regularización o del arraigo. Lo más importante es marcar una sola casilla del apartado 5.

Formulario EX-26: ejemplo interactivo

Pasa el ratón por encima de una casilla para ver qué escribir en ella y cuándo. En el móvil, toca la casilla. Con los botones cambias entre la página 1 y la 2.

Primera página del formulario EX-26 rellenada con datos ficticios: datos personales y del empleador | Ayuda Trámites
Datos ficticios. Amarillo: siempre; discontinuo: si aplica; punteado: recomendado.

Qué casilla del apartado 5 marcar

El formulario EX-26 sirve para la modificación de autorización de residencia: pasar de una autorización a otra sin visado. No es una renovación.

Tu situaciónCasilla del apartado 5Qué consigues
Regularización o arraigo social, sociolaboral o de segunda oportunidad, al menos un año (la regularización cuenta desde que la pediste)Artículo 191.3 («más de un año»)Cuenta ajena y propia, cuatro años
Esas mismas autorizaciones, con menos de un añoArtículo 191.2, primer grupoCuenta ajena como permiso inicial, un año
Residencia sin permiso de trabajo, como la no lucrativa, al menos un añoArtículo 191.4Cuenta ajena o propia, un año
Tarjeta de familiar de la UE o de español que ya no vale, como tras un divorcioUna de las cuatro del artículo 191.8No lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia o excepción de trabajo
Estancia por estudios terminada, con el títuloGrupo de estudios (artículo 190)Cuenta ajena, cuenta propia u otras
Cambiar de ocupación, sector o zona en el primer año de residencia y trabajoArtículo 192.1Otro alcance para tu autorización

Descargar el modelo EX-26

El modelo EX-26 (también escrito EX26) es del Ministerio de Inclusión. El PDF es rellenable: escribe en el ordenador o imprímelo y rellénalo a mano en MAYÚSCULAS, con bolígrafo negro. Entregas original y copia. El impreso es gratuito.

Descargar el EX-26 (PDF oficial)

Comprueba la fecha de caducidad de tu tarjeta antes de rellenar el EX-26 | Ayuda Trámites
Comprueba la fecha de caducidad de tu tarjeta antes de rellenar el EX-26

Cómo rellenar el EX-26, apartado por apartado

1) DATOS DE LA PERSONA EXTRANJERA
Como en tu pasaporte, con tu NIE, la fecha en dd/mm/aaaa y la X de sexo solo si tu país la reconoce. Marca SÍ o NO en «Hijas/os a cargo en edad de escolarización en España».
2) DATOS DE EMPLEADOR/A
Solo si pides trabajo por cuenta ajena con un empleador: nombre o razón social, NIF/NIE, la actividad principal (nota 5) y el código CNAE (nota 6).
3) DATOS DEL REPRESENTANTE
Solo si presenta la solicitud una persona distinta de ti (nota 7).
4) DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Dónde quieres recibir las notificaciones; vacío, van al solicitante. Pon un móvil o un e-mail para recibir avisos.
CONSIENTO (DEHú)
Márcalo solo si tienes certificado electrónico o Cl@ve: las notificaciones llegarán a la DEHú (nota 8).
5) SITUACIÓN DE ORIGEN Y TIPO DE AUTORIZACIÓN SOLICITADA
Una sola casilla (nota 9), la de tu fila en la tabla de arriba.
Lugar, fecha y firma
Firmas tú o, si lo tienes, tu representante legal.
DIRIGIDA A
La Oficina de Extranjería de tu provincia, su código DIR3 y la provincia. Si no sabes el código, pregunta al presentarlo.

Qué pasa cuando se acaba el año de la regularización

La autorización de la regularización extraordinaria dura un año. Lo normal es pedir una modificación del artículo 191 con el EX-26; solo si no puedes pedirla queda la prórroga excepcional que ves abajo.

  • Cuándo: en los dos meses antes de la caducidad. Tu autorización sigue valiendo hasta que resuelvan.
  • Tarde: puedes presentarla hasta tres meses después, con posible expediente sancionador.
  • Casilla: tu autorización cuenta desde el día en que pediste la regularización. Si al presentar el EX-26 aún no ha pasado un año entero, pregunta primero en tu Oficina de Extranjería qué casilla aceptan. Con un año o más, la del artículo 191.3; con menos, la del 191.2.
  • Si no cumples los requisitos: prórroga de un año si buscas empleo y estás inscrito en el servicio público de empleo, o con un informe de esfuerzo de integración de tu comunidad autónoma.
  • Enfermedad grave, discapacidad o edad de jubilación: la prórroga es de cuatro años.

Lo mismo vale si la obtuviste como solicitante de protección internacional (disposición adicional 20.ª). ¿Aún esperas la resolución? Mira el estado de tu expediente.

Cómo presentar el EX-26

  1. Comprueba el plazo y tu casilla.

    Desde la regularización, en los dos meses antes de la caducidad. La casilla, en la tabla.

  2. Reúne los documentos.

    Los de la hoja informativa de tu caso: copia del pasaporte completo, el contrato o la prueba de tu situación, y los documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o con apostilla.

  3. Presenta la solicitud.

    En la Oficina de Extranjería de la provincia donde vives o por internet en Mercurio, con certificado digital. Según el caso, la presentas tú o tu empleador.

    Presentar en Mercurio

  4. Paga la tasa.

    La tasa 790 052 cuesta 10,94 euros y tienes diez días hábiles para pagarla. Desde una autorización de residencia es el epígrafe 2.5.2 (2.5.1 desde estudios, 2.5.3 para el artículo 192). Si hay empleador, él paga además la tasa 062: desde una autorización que ya te dejaba trabajar, epígrafe 3.2.2, 81,54 euros (hoja 55); desde una que no, el epígrafe de permiso inicial 3.2.1 (hojas 55 bis y 57). Más en la guía de la tasa 790 052.

  5. Después de la concesión.

    Según la hoja 55, tienes un mes desde la notificación para el alta en la Seguridad Social. En el mes siguiente pides la TIE en persona con el EX-17.

En Mercurio presentas el EX-26 por internet con certificado digital | Ayuda Trámites
En Mercurio presentas el EX-26 por internet con certificado digital

¿Necesitas un abogado?

Hay mucho en juego: si la modificación se deniega o llega tarde, te quedas sin autorización y sin poder trabajar legalmente. Un abogado de extranjería compensa si no tienes contrato, si te han pedido más documentos, si ya te la denegaron, si tu caso mezcla varias situaciones o si el plazo ya ha vencido. Para recurrir, mira qué hacer ante una denegación de extranjería. En un caso sencillo lo puedes hacer tú: el formulario es gratuito y lo presentas tú mismo.

¿Quieres que un abogado revise tu caso? Te ponemos en contacto con un abogado colegiado de tu provincia. Gratis y sin compromiso.

Contactar con un abogado

Problemas habituales

No sé si es una renovación o una modificación

Si cambias de tipo de autorización, por ejemplo para pasar del arraigo o la regularización a residencia y trabajo, es una modificación con el EX-26. Si mantienes el mismo tipo, es una renovación o, en el arraigo, una prórroga de un año que exige buscar empleo e inscribirte en el servicio público de empleo. Para la tarjeta, mira la guía de renovar la TIE.

No tengo contrato de trabajo

Con al menos un año (191.3) no siempre hace falta. Valen, entre otros, una prestación contributiva de desempleo, nueve meses de alta en un periodo de doce o un familiar con medios para reagruparte. Si no acreditas ninguno, se valora tu esfuerzo de integración con un informe de tu comunidad autónoma.

Mi tarjeta ya ha caducado

Con la casilla del 191.3, la nueva autorización vale desde el día siguiente a la caducidad de la anterior. Fuera del margen de tres meses de la regularización, consulta a un profesional antes de presentar nada.

Mi contrato es a tiempo parcial

Con menos de un año, el sueldo total debe llegar al salario mínimo de jornada completa en cómputo anual. Con al menos un año basta seguir con la relación laboral que te dio la autorización; un contrato nuevo debe cumplir esa misma regla.

Actualizado

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar mientras se resuelve?

Desde la regularización, sí: si la presentas en los dos meses antes de la caducidad o en los tres meses después, tu autorización y su permiso de trabajo siguen valiendo hasta la resolución.

¿Cuánto tardan en resolver el EX-26?

La hoja informativa 55 da tres meses; si no te notifican en ese plazo, la solicitud se entiende denegada por silencio. Puedes consultar tu expediente mientras tanto.

¿Puede presentarlo mi empleador?

Sí, el artículo 191.5 permite que lo presente el empleador o la persona extranjera. Desde una tarjeta de familiar, para residencia no lucrativa o por cuenta propia, la hoja 57 pide que lo presentes tú.

¿Desde cuándo vale la nueva autorización?

Con el artículo 191.3, desde la concesión, o desde el día siguiente a la caducidad de la anterior si ya caducó. Con el 191.4, solo cuando te dan de alta en la Seguridad Social, en el mes siguiente a la notificación; entonces cuenta desde el día siguiente a la caducidad de la anterior.

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