Tienes derecho al subsidio por desempleo si agotaste el paro, cotizaste entre 90 y 359 días, tienes 52 años o más, eres emigrante retornado o víctima de violencia de género o sexual. En 2026 cobrarás entre 480 y 570 € al mes. La duración depende de tu edad y responsabilidades familiares. Solicítalo en sede.sepe.gob.es dentro de los seis meses.
Asistente del subsidio
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- 1. Reúne los documentos 2. Presenta la solicitud 3. Pide la prórroga cada trimestre Cómo se comprueban tus ingresos Ayuda por responsabilidades familiares Guía del subsidio para mayores de 52 Qué tipo de subsidio te corresponde Qué hacer cuando se agota el paro Comprueba la prestación contributiva Renta autonómica e Ingreso Mínimo Vital Inscríbete como demandante
Orientación gratuita, no sustituye la resolución del SEPE. Duración y cuantía salen de las tablas oficiales de 2026 (IPREM de 600 euros; límite de rentas del 75 % del SMI). El plazo de 15 días hábiles descuenta sábados, domingos y festivos nacionales, no los de tu comunidad. No cubre el subsidio agrario ni la renta agraria. SEPE: subsidio por desempleo
Qué tipo de subsidio te corresponde
El subsidio por desempleo es la ayuda del SEPE para quien no tiene o ha agotado la prestación contributiva. La prestación depende de lo que cotizaste; el subsidio depende de tu situación personal y de tus ingresos.
- Por agotamiento de la prestación contributiva. Has agotado el paro y no superas el límite de rentas. Si eres menor de 45 años y no tienes responsabilidades familiares, solo si la prestación agotada duró 360 días o más. Consulta qué hacer cuando se agota el paro.
- Por cotización insuficiente. Quedaste en desempleo tras cotizar entre 90 y 359 días, sin llegar a los 360 de la prestación contributiva.
- Para mayores de 52 años. Tienes 52 años o más, seis años cotizados por desempleo en España y cumples todos los requisitos de jubilación salvo la edad. Consulta la guía del subsidio para mayores de 52 años.
- Para personas emigrantes retornadas. Solo para personas españolas que vuelven de países fuera del Espacio Económico Europeo, o sin convenio de desempleo, tras trabajar allí al menos 12 meses en los últimos seis años.
- Para víctimas de violencia de género o sexual. Has tenido que dejar tu empleo por esta causa.
Si trabajas en el campo en Andalucía o Extremadura, puede corresponderte el subsidio agrario o la renta agraria: consulta la página oficial del subsidio por desempleo.

Cuánto se cobra: tabla de importes 2026
La cuantía se calcula sobre el IPREM mensual (600 euros en 2026) y baja con el tiempo. Solo el subsidio de mayores de 52 años es fijo.
| Fase | Porcentaje del IPREM | Importe mensual |
|---|---|---|
| Primeros 180 días | 95% | 570 € |
| Del día 181 al 360 | 90% | 540 € |
| A partir del día 361 | 80% | 480 € |
| Mayores de 52 años (todo el periodo) | 80% | 480 € |
Los importes están en la tabla oficial de cuantías anuales. El subsidio se paga cada mes, entre el día 10 y el 15 del mes siguiente.
Cuánto dura el subsidio según tu situación
Para el subsidio por agotamiento, la duración depende de tu edad, tus responsabilidades familiares y la duración de la prestación agotada.
| Situación | Duración máxima |
|---|---|
| Menor de 45 años, sin responsabilidades familiares, prestación agotada de 360 días o más | 6 meses |
| 45 años o más, sin responsabilidades familiares, prestación agotada de 120 días o más | 6 meses |
| Con responsabilidades familiares, prestación agotada de 120 días | 24 meses |
| Con responsabilidades familiares, prestación agotada de 180 días o más | 30 meses |
| Subsidio para mayores de 52 años | Hasta la edad de jubilación |
El subsidio por cotización insuficiente sigue su propia tabla: con 90 días cotizados dura 3 meses, con 120 días 4 meses, con 150 días 5 meses y con 180 días 6 meses. Con responsabilidades familiares y al menos 180 días cotizados llega hasta 21 meses.
La prórroga no es automática: pídela cada trimestre, con tu declaración de rentas, dentro de los 15 días hábiles siguientes al fin del trimestre. Más tarde pierdes los días intermedios; pasados seis meses se deniega.
Si accedes sin acreditar responsabilidades familiares, tienes doce meses desde el hecho causante para acreditarlas y pedir la ampliación. Con cargas familiares, consulta la guía sobre ayudas por responsabilidades familiares.
Cómo se comprueban tus ingresos
Debes cumplir una de estas dos vías. Carencia de rentas: tus ingresos propios no superan el 75% del SMI sin pagas extra, 915,75 euros al mes en 2026; cuenta solo tu renta individual. O responsabilidades familiares: la renta de tu unidad familiar, dividida entre sus miembros, queda por debajo de ese mismo límite.
Lo declaras en una declaración responsable con los ingresos del mes natural anterior. Excepción: si eres menor de 45 años y la prestación agotada duró menos de 360 días, las responsabilidades familiares son obligatorias.
Si no cumples ninguna de las dos vías, tienes seis meses desde el hecho causante para llegar a cumplir una y solicitar.

Puedes trabajar y seguir cobrando: el complemento de apoyo al empleo (CAE)
Desde la reforma de 2024, empezar a trabajar por cuenta ajena, a tiempo parcial o completo, no te quita el subsidio: lo cobras como complemento de apoyo al empleo (CAE). Lo mismo si accedes al subsidio trabajando ya a tiempo parcial.
El SEPE reconoce el CAE de oficio: no lo solicitas ni puedes renunciar, y el subsidio no se suspende por trabajar. La cuantía depende de la jornada y del trimestre del subsidio. Dura como máximo 180 días, que se descuentan de tu subsidio.
Hay supuestos excepcionales sin CAE, por ejemplo si te contrata la misma empresa en la que trabajaste justo antes: comunícalo al SEPE. El sueldo con CAE no cuenta para el límite de rentas en prórrogas posteriores. Detalle completo en la página oficial del CAE de los subsidios.
Un ejemplo con cifras
Tienes 47 años, responsabilidades familiares y acabas de agotar una prestación contributiva de 24 meses. Te corresponde el subsidio por agotamiento durante 30 meses: 570 euros al mes los primeros 180 días, 540 euros del día 181 al 360 y 480 euros a partir del día 361.

Cómo solicitar el subsidio paso a paso
- Comprueba qué subsidio te corresponde. Revisa tu edad, los días cotizados y si tienes responsabilidades familiares.
- Reúne la documentación. Usa la checklist de abajo.
- Presenta la solicitud. En sede.sepe.gob.es o de forma presencial con cita previa, dentro de los seis meses desde el hecho causante. Si la presentas en los 15 días hábiles siguientes, cobras desde el día después del hecho causante; más tarde, desde la fecha de solicitud.
- Firma el acuerdo de actividad. Es obligatorio para el reconocimiento.
- Mantente inscrito como demandante de empleo. Renueva la demanda mientras dure el subsidio y pide la prórroga cada trimestre.
Documentación necesaria
Esta es la documentación de la lista oficial del SEPE:
- Modelo oficial de solicitud, que incluye la declaración responsable de rentas del mes natural anterior
- DNI en vigor; personas extranjeras: pasaporte con el certificado de registro de la UE (con tu NIE) o la TIE
- Documento bancario con el número de una cuenta de la que seas titular
- Libro de familia o certificado del Registro Civil si acreditas responsabilidades familiares; los documentos extranjeros, con traducción oficial al español
- Declaración del IRPF del último ejercicio fiscal
El certificado de empresa no está en la lista: tu empresa lo envía al SEPE por vía telemática.
Problemas habituales y cómo resolverlos
No sabes qué subsidio pedir
Revisa tu edad y los días cotizados. Con 52 años o más y seis años cotizados por desempleo, el de mayores de 52 suele ser el más favorable. En caso de duda, pregunta en tu oficina del SEPE antes de solicitar.
Te deniegan el subsidio por superar la renta
El límite del 75% del SMI se aplica a tu renta individual del mes natural anterior. Si lo superas pero acreditas responsabilidades familiares, puedes tener derecho por esa vía.
Empezaste a trabajar y temes perder el subsidio
El SEPE reconoce el CAE de oficio en la mayoría de los casos. Solo actúa si tu contrato entra en un supuesto excepcional, por ejemplo con tu antigua empresa: comunícalo al SEPE.
Se te pasó la prórroga trimestral
Pídela igualmente: dentro de los seis meses siguientes al fin del trimestre aún es posible, aunque pierdes los días intermedios. Apunta la fecha de cada trimestre.
No acreditaste responsabilidades familiares al solicitar
Tienes doce meses desde el hecho causante para presentar la documentación y pedir la ampliación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el subsidio por desempleo?
Seis meses desde el hecho causante (agotar la prestación, cesar en el trabajo o cumplir el requisito de edad). Si lo solicitas dentro de los 15 días hábiles siguientes, cobras desde el día después del hecho causante. Más tarde, dentro de los seis meses, cobras desde la fecha de solicitud.
¿Puedo trabajar mientras cobro el subsidio por desempleo?
Sí. Si empiezas a trabajar a tiempo parcial o completo, el SEPE te reconoce de oficio el complemento de apoyo al empleo (CAE) y compatibilizas subsidio y sueldo desde el primer día. Solo en los supuestos excepcionales sin CAE debes comunicarlo al SEPE.
¿En qué se diferencia el subsidio del paro contributivo?
El paro contributivo depende de lo que cotizaste y de tu base reguladora. El subsidio depende de tu situación (edad, cotización insuficiente, responsabilidades familiares) y de no superar el límite de rentas; su cuantía se calcula sobre el IPREM.
¿Cuenta la renta de mi pareja para el subsidio?
Para la carencia de rentas no: se valora tu renta individual. Para las responsabilidades familiares sí: la renta total de la unidad familiar, dividida entre sus miembros, no puede superar el 75% del SMI.
¿El subsidio por desempleo cotiza para la jubilación?
El subsidio general no. La excepción es el de mayores de 52 años: el SEPE cotiza por jubilación durante todo el periodo, sobre el 125% de la base mínima de cotización.
¿Qué es el subsidio agrario y quién puede pedirlo?
Es un subsidio específico para personas trabajadoras agrarias de Andalucía y Extremadura, con su propio límite de rentas y su renta agraria asociada. Consulta los requisitos en la página oficial del subsidio por desempleo del SEPE.
Trámite oficial
Fuentes oficiales
Estas son las fuentes oficiales de esta guía:
- Subsidio por desempleo (SEPE) www.sepe.es
- Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (SEPE) www.sepe.es
- Subsidio para mayores de 52 años (SEPE) www.sepe.es
- CAE para los subsidios por desempleo (SEPE) www.sepe.es
- Cuantías anuales de las prestaciones (SEPE) www.sepe.es
Estos enlaces llevan a webs oficiales. El trámite es gratuito.
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