La pre-solicitud del SEPE es un formulario online para solicitar el paro (prestación por desempleo) o un subsidio sin certificado digital ni Cl@ve. Entras en el Área Personal con PIN SEPE. Si envías la presolicitud a tiempo, esa fecha cuenta como fecha de solicitud.
Qué es la pre-solicitud del SEPE
Con la pre-solicitud pides la prestación contributiva o un subsidio desde el Área Personal del SEPE, sin certificado digital ni Cl@ve. Basta con el PIN SEPE. El formulario antiguo ya no existe como página propia: la página de pre-solicitud del SEPE te lleva al Área Personal. Es gratuita y útil si no encuentras cita. Un gestor de prestaciones valida tu presolicitud. Con PIN SEPE solo consultas y presentas; no puedes modificar datos. Para lo demás, consulta las opciones sin certificado digital.
Cómo presentar la pre-solicitud
- Accede al Área Personal. Elige PIN SEPE e indica tu NIF o NIE. El código llega por SMS al móvil registrado en tu servicio autonómico de empleo. Si tienes dos, llega al preferente. Si el número no es correcto, actualízalo allí.
- Inicia la gestión. Ve a Gestiones > Iniciar una gestión > «Presolicitud prestación».
- Completa el formulario. Sube archivos si te los piden. Si falla la subida, prueba con PDF o JPG y reduce el tamaño.
- Envía y guarda el resguardo.
Qué puedes hacer con PIN SEPE y qué no
| Gestión | Vía |
|---|---|
| Pre-solicitud de prestación o subsidio | Sí, desde el Área Personal. |
| Cambiar cuenta, teléfono o correo | Solo con Cl@ve permanente con firma, DNIe o certificado. Cuenta: Área Personal > Datos > Modificar datos bancarios. |
| Hijos a cargo o rentas | No por pre-solicitud. Usa «Comunicación de variación de situación Personal, Familiar o de Rentas» con certificado, DNIe o Cl@ve. |
| Retención del IRPF | No por pre-solicitud. Pide cita previa gratuita. |
| Empezar a trabajar | Comunica el inicio desde el Área Personal o por teléfono. No causa baja automática. |
Si cobras un subsidio, el SEPE lo mantiene de oficio como CAE. En la prestación contributiva, el CAE solo existe si dura más de 12 meses y ya cobraste 9 meses. En los demás casos, el trabajo a tiempo completo suspende la prestación.
Asistente de la pre-solicitud
Orientación gratuita según la sede electrónica y la guía del Área Personal del SEPE. La pre-solicitud, la cita previa y todos los trámites del SEPE son gratis. SEPE: Área Personal

Plazos para presentar la pre-solicitud
| Trámite | Plazo | Efecto |
|---|---|---|
| Prestación contributiva | 15 días hábiles desde el día siguiente al cese involuntario o al fin de las vacaciones pagadas no disfrutadas. | Tarde: pierdes los días entre el nacimiento del derecho y la solicitud. |
| Subsidio nuevo | 15 días hábiles. Así nace al día siguiente del hecho causante. | Hasta 6 meses tarde: nace el día de la solicitud. Después ya no se puede pedir. |
| Prórroga trimestral | 15 días hábiles tras cada trimestre. Incluye la declaración responsable de rentas del mes natural anterior. | Hasta 6 meses tarde: nace el día de la solicitud. Después se extingue. |
| Reanudación | 15 días hábiles tras el fin del trabajo. | Prestación contributiva. La reanudación de un subsidio tiene sus propias reglas: mira la guía del subsidio. |
Si presentas la pre-solicitud dentro del plazo, su fecha cuenta como fecha de solicitud. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Los subsidios reconocidos antes del 1 de noviembre de 2024 siguen sus propias reglas. El subsidio para mayores de 52 años exige declaración anual de rentas, no prórroga trimestral. ¿No sabes si tu subsidio es trimestral? Revisa la resolución de reconocimiento o la guía del subsidio.
Documentos para tener a mano
Antes, inscríbete como demandante de empleo en tu servicio autonómico. No hay una lista fija para subir: ten esto a mano y aporta lo que te pidan.
- DNI o NIE y cuenta bancaria de la que seas titular, para la prestación contributiva.
- Certificado de empresa. Normalmente lo envía la empresa.
- Libro de familia, si tienes hijos a cargo.
- Para subsidios: el modelo oficial y el IRPF del último ejercicio.
- Para subsidios: la declaración responsable obligatoria de rentas e ingresos del mes natural anterior. Incluye los de tu unidad familiar, si procede.
- Para mayores de 52 años: declaración anual de rentas.
Qué pasa después
Consulta el estado, el resguardo y el justificante en Gestiones > Historial de presolicitudes. El SEPE revisa la pre-solicitud y te pide lo que falte. Con la solicitud completa, resuelve en 15 días desde la presentación. Notifica en los 10 días siguientes. Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo. Entonces puedes presentar una reclamación previa.
Problemas habituales y cómo resolverlos
No me llega el PIN
Si el móvil registrado ya no es el actual, actualízalo en tu servicio autonómico de empleo antes de volver a entrar. Más problemas de acceso en la guía del Área Personal.
No me deja presentar
Con PIN SEPE solo puedes enviar una presolicitud por semana. La opción no aparece si en los últimos 7 días enviaste otra del mismo tipo o tuviste una cita concertada.
Se pasó el plazo
El efecto depende de la ayuda. Revisa la tabla y la guía de la prestación o del subsidio.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la pre-solicitud sin Cl@ve ni certificado digital?
Sí. Entra en el Área Personal con PIN SEPE: necesitas tu NIF o NIE y el móvil registrado en tu servicio autonómico de empleo. También sirve si no consigues cita en el SEPE.
¿Tengo que adjuntar todos los documentos al enviarla?
No hay una lista fija de documentos para subir. Tenlos preparados y aporta los que te pida el SEPE.
¿Puedo cambiar la cuenta bancaria después de enviarla?
Debes identificarte con Cl@ve permanente con firma, DNIe o certificado digital y firmar la gestión en el Área Personal. También puedes pedir cita previa gratuita.
¿Puedo desistir de una solicitud pendiente con PIN SEPE?
No. Para desistir necesitas Cl@ve permanente con firma, DNIe o certificado digital. Sin identificación digital, pide cita previa gratuita.
Trámite oficial
Fuentes oficiales
Estas son las fuentes oficiales de esta guía:
- Presolicitud y Área Personal del SEPE (sede electrónica) sede.sepe.gob.es
- Área Personal del SEPE (sede electrónica) sede.sepe.gob.es
- Guía de uso del Área Personal del SEPE (PDF, sede electrónica) sede.sepe.gob.es
- Hoja informativa de la prestación contributiva (SEPE, PDF) sepe.es
- Hoja informativa de los subsidios por desempleo (SEPE, PDF) www.sepe.es
- Prórroga del subsidio (SEPE) www.sepe.es
- Subsidio para mayores de 52 años (SEPE) www.sepe.es
- Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (SEPE) www.sepe.es
- Qué plazo tiene el SEPE para contestar a mi solicitud (FAQ del SEPE) www.sepe.es
- Quiero cobrar una prestación o subsidio (SEPE) www.sepe.es
Estos enlaces llevan a webs oficiales. El trámite es gratuito.
¿Ves un dato incorrecto? Escríbenos a info@ayudatramites.es.