Si cobras el paro o un subsidio, avisa al SEPE antes de salir de España. Hasta 30 días al año sigues cobrando; si es más, el pago se suspende o se extingue (mira la tabla). Se avisa gratis en el Área Personal: así se hace.
Cuánto tiempo puedes viajar cobrando el paro
| Tiempo fuera de España | Qué pasa con tu paro | Qué debes hacer |
|---|---|---|
| Hasta 30 días al año, por cualquier motivo | Sigues cobrando | Avisar antes de salir y confirmar la vuelta |
| De 31 a 90 días al año | Se suspende: no cobras, pero no pierdes días | Pedir autorización antes de salir y la reanudación al volver |
| Más de 90 días, por vacaciones u otro motivo personal | Se extingue: pierdes lo que te quedaba | Comunicarlo antes de salir |
| Para trabajar, buscar trabajo o formarte, menos de 12 meses | Se suspende | Pedir autorización antes de salir y la reanudación al volver |
| Para trabajar, buscar trabajo o formarte, 12 meses o más | Se extingue | Comunicarlo antes de salir |
| Buscar trabajo en la UE, el EEE o Suiza | Sigues cobrando 3 meses, ampliables a 6 | Pedir el documento U2 antes de salir |
Los días se cuentan por año natural, de enero a diciembre. El día en que sales y el día en que vuelves no cuentan como días fuera. Las reglas son las mismas para la prestación contributiva y para el subsidio.
Salir de España sin avisar al SEPE es una infracción. El SEPE puede abrir un procedimiento sancionador y pedirte que devuelvas lo que cobraste sin derecho.

Cómo comunicar la salida al extranjero al SEPE
Hazlo siempre antes de irte. El trámite se llama «Baja de prestación o comunicación de salida al extranjero» y es gratis.
- Abre el Área Personal del SEPE.
Pulsa el botón y se abre la página oficial.
- Entra con tu PIN SEPE. Escribe tu DNI o NIE. Te llega un código por SMS al móvil. También puedes entrar con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- Pulsa «Gestiones». Después pulsa «Iniciar una gestión».
- Elige el trámite. Pulsa «Prestaciones y subsidios» y luego «Comunicar salida al extranjero».
- Escribe las fechas. Pon el día en que sales y cuánto tiempo vas a estar fuera. Envía el formulario y guarda el justificante.
Si no te manejas con internet, pide cita previa en el SEPE, que también es gratis, y comunícalo en tu oficina de prestaciones antes de salir. Avisa también al servicio de empleo de tu comunidad autónoma, donde tienes la demanda de empleo.
Qué hacer al volver a España
Confirma tu regreso a tu oficina de prestaciones el primer día hábil después de volver. Puedes hacerlo con cita previa o con un escrito en el Registro Electrónico General, dirigido a la dirección provincial del SEPE de tu provincia. Adjunta un justificante de la vuelta si lo tienes, por ejemplo el billete. Si nunca has usado el registro, mira cómo presentar documentos al SEPE.
Si tu paro estaba suspendido, pide la reanudación en los 15 días hábiles siguientes a tu vuelta. Así vuelves a cobrar desde el día siguiente a tu regreso. Si saliste por trabajo, guarda el contrato u otro papel que lo demuestre. Los pasos están en la guía para reanudar el paro o el subsidio.

Buscar trabajo en otro país de la UE sin perder el paro
Puedes llevarte el paro a un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o a Suiza para buscar trabajo. El SEPE te sigue pagando igual que en España durante 3 meses, y puedes pedir 3 meses más. Necesitas:
- Llevar al menos 4 semanas inscrito como demandante de empleo en España.
- Pedir al SEPE, antes de salir, la autorización de desplazamiento y el documento U2.
- Inscribirte como demandante de empleo en el otro país en los 7 días siguientes a tu salida.
Los formularios para pedir la autorización, la prórroga o la reanudación están en la página Me traslado al extranjero del SEPE.
¿Es al revés y cobras el paro de otro país de la UE? Mira cómo traer a España el paro de otro país con el U2.
Si no tienes nacionalidad de la UE, del EEE ni de Suiza, también puedes llevarte el paro para buscar trabajo en esos países, salvo Dinamarca, Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein. Debes demostrar que puedes inscribirte en su servicio de empleo y que tienes permiso de residencia o de trabajo allí.
Problemas habituales y cómo resolverlos
No me aparece «Comunicar salida al extranjero»
La opción solo sale si tu última prestación está en ALTA, o en BAJA con complemento de apoyo al empleo (CAE). Si no la ves, pide cita previa y comunícalo en la oficina. Más ayuda en la guía del Área Personal.
Ya me he ido y no avisé
Comunícalo cuanto antes en el Área Personal, aunque estés fuera. Si cobraste días que no te correspondían, el SEPE te los reclamará.
Me toca renovar la demanda estando fuera
La demanda se renueva en el servicio de empleo de tu comunidad, no en el SEPE. Si no la renuevas, dejas de cobrar hasta que te vuelvas a inscribir: mira cómo renovar la demanda de empleo.
Vuelvo antes de lo previsto
Confirma la vuelta el primer día hábil después de llegar y, si el paro estaba suspendido, pide ya la reanudación.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que avisar si me voy de vacaciones a otro país de la UE?
Sí. Cualquier salida de España cuenta, también dentro de la Unión Europea. El documento U2 solo hace falta si te vas a buscar trabajo.
¿Cuesta dinero comunicar la salida al SEPE?
No. El trámite es gratis y lo puedes hacer tú en el Área Personal o en una cita previa, que también es gratuita.
¿Puedo comunicar la salida si cobro el subsidio?
Sí, se hace igual. Las reglas de 30 y 90 días valen para la prestación contributiva y para el subsidio por desempleo.
¿Tengo paro si vuelvo del extranjero y no cobraba nada al irme?
Puede que sí: con 360 días cotizados en España antes de salir puedes pedir la prestación contributiva, y con 90 a 359 días, un subsidio. Si eres español y vuelves de fuera de la UE, mira el subsidio por desempleo para emigrantes retornados.
Trámite oficial
Fuentes oficiales
Estas son las fuentes oficiales de esta guía:
- Me traslado al extranjero (SEPE) www.sepe.es
- Prestaciones por desempleo y trabajo en la UE (SEPE) www.sepe.es
- Área Personal del SEPE (sede electrónica) sede.sepe.gob.es
- Registro Electrónico General de la AGE reg.redsara.es
- Ley General de la Seguridad Social, título III: protección por desempleo (BOE) www.boe.es
- Cita previa del SEPE (sede electrónica) sede.sepe.gob.es
Estos enlaces llevan a webs oficiales. Pedir cita y descargar los formularios oficiales es gratis; si el trámite tiene una tasa, solo se paga a la Administración.
¿Ves un dato incorrecto? Escríbenos a info@ayudatramites.es.