Tu hoja de ruta: empezar en España desde fuera de la UE

Acabas de llegar (o estás a punto), eres de fuera de la UE y quieres trabajar por cuenta ajena.

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  1. Empadrónate en tu ayuntamiento

    El padrón demuestra dónde vives y te lo pedirán para la TIE y para casi todo lo demás. Es gratuito. Hazlo en cuanto tengas una dirección, aunque sea temporal.

    Cómo hacerlo, paso a paso

  2. Solicita tu TIE (y con ella tu NIE)

    La TIE es tu tarjeta de identidad de extranjero y lleva tu NIE impreso. Tienes un mes desde tu entrada en España, o desde que tu autorización es efectiva, para pedir la cita. Sin NIE no puedes firmar contrato ni darte de alta en la Seguridad Social.

    Necesitas antes: el paso 1

    Cómo hacerlo, paso a paso

  3. Pide tu número de la Seguridad Social

    Tu empresa lo necesita para darte de alta antes de tu primer día. Es gratuito y se asigna una sola vez para toda la vida. Con el NIE en la mano se resuelve rápido, muchas veces online.

    Necesitas antes: el paso 2

    Cómo hacerlo, paso a paso

  4. Revisa tu contrato antes de firmar

    Comprueba el tipo de contrato, el periodo de prueba y el convenio que se aplica. Es más fácil corregir algo antes de firmar que después.

    Cómo hacerlo, paso a paso

  5. Prepara tu identidad digital

    Con Cl@ve o un certificado digital haces casi cualquier trámite sin desplazarte. No lo dejes para cuando lo necesites con urgencia.

    Cómo hacerlo, paso a paso

  6. Decide sobre la Ley Beckham en seis meses

    Si no has vivido en España en los últimos cinco años, puedes tributar a un 24% fijo en vez de la escala general. El modelo 149 se presenta en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social, sin prórroga. La guía tiene una calculadora para ver si te compensa.

    Necesitas antes: el paso 3

    Cómo hacerlo, paso a paso

Mientras esperas

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a trabajar mientras espero la tarjeta TIE?

Depende de tu autorización, no de la tarjeta: la TIE solo documenta un permiso que ya tienes. Si tu autorización de residencia y trabajo está concedida, puedes trabajar aunque la tarjeta tarde.

¿En qué orden pido el padrón y la TIE?

Empadrónate en cuanto tengas dirección: el certificado de empadronamiento te lo pedirán en la cita de la TIE. Ambos trámites son gratuitos.

¿Qué pasa si se me pasa el plazo de un mes para la TIE?

Pide la cita igualmente y guarda el justificante: lo que cuenta es que puedas demostrar que lo intentaste dentro del plazo. En muchas provincias la propia falta de citas ya sirve de explicación.

¿No es tu situación?

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