El SEPE paga el CAE casi siempre de oficio: entre 30 y 480 euros al mes mientras trabajas y cobras subsidio o prestación.

El complemento de apoyo al empleo (CAE) te permite seguir cobrando parte del subsidio o de la prestación contributiva mientras trabajas por cuenta ajena. El SEPE lo reconoce en la mayoría de los casos de oficio, sin que tengas que pedirlo. La cuantía va de 30 a 480 euros al mes, según la jornada que trabajes y el tiempo que lleves cobrando la prestación o el subsidio.
Qué es el complemento de apoyo al empleo
El CAE es la fórmula que usa el SEPE para compatibilizar el paro o un subsidio con un trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial. En lugar de suspender tu prestación cuando empiezas a trabajar, el SEPE te sigue pagando una cantidad reducida cada mes, mientras el resto lo cubre tu sueldo. Aplica tanto a la prestación contributiva como a los subsidios por desempleo, con reglas distintas para cada una.
Quién puede cobrarlo
Si cobras un subsidio (por agotamiento de la prestación contributiva, por haber cotizado menos de 360 días, o los subsidios para personas emigrantes retornadas o víctimas de violencia) y empiezas a trabajar a partir del 1 de noviembre de 2024, el SEPE te reconoce el CAE de oficio desde el primer día, sin que puedas renunciar a él ni suspenderlo por estar trabajando.
Si cobras la prestación contributiva, las reglas dependen de cuándo nació tu derecho:
- Si tu prestación nació antes del 1 de abril de 2025 y se te reconoció por más de 12 meses (al menos 14 meses, 420 días, según la escala de duración), puedes pedir el CAE al cumplir los primeros 9 meses cobrados, si empiezas a trabajar a jornada completa.
- Para pedirlo, la empresa que te contrate no puede tener un expediente de regulación de empleo en marcha, no puedes haber trabajado en ella en los 12 meses anteriores, y no puedes ser cónyuge ni pariente hasta segundo grado del empresario o de quien dirige la empresa.
- Si tu prestación contributiva nació a partir del 1 de abril de 2025, es compatible con el trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial en las nuevas condiciones fijadas por la Ley General de la Seguridad Social.
El trámite es gratuito. No existe ningún servicio de pago necesario para solicitarlo ni para consultarlo.
Cuánto paga el CAE si cobras un subsidio
La cuantía depende de la jornada pactada y del trimestre de subsidio en que te encuentres:
| Trimestre del subsidio | Jornada completa | Parcial ≥ 75% | Parcial 50 a 75% | Parcial < 50% |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € |
| 2 | 360 € | 300 € | 270 € | 240 € |
| 3 | 240 € | 210 € | 180 € | 150 € |
| 4 | 180 € | 150 € | 120 € | 90 € |
| 5 y siguientes | 120 € | 90 € | 60 € | 30 € |
La duración máxima del CAE sobre el subsidio es de 180 días, con el límite de la duración del contrato y de los días que te queden del subsidio reconocido. Esos días consumen la duración de tu subsidio, cobres lo que cobres cada mes. Al agotar tres meses de subsidio, si sigues trabajando, tienes que pedir la prórroga para seguir cobrando el CAE.
Cuánto paga el CAE si cobras la prestación contributiva
Si tu prestación contributiva nació antes del 1 de abril de 2025 y te corresponde el CAE, la cuantía depende del mes de prestación en que lo cobres:
| Mes de prestación | Jornada completa | Parcial ≥ 75% | Parcial 50 a 75% | Parcial < 50% | Duración máxima |
|---|---|---|---|---|---|
| Mes 10 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € | 30 días |
| Mes 11 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € | 60 días |
| Mes 12 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € | 90 días |
| Mes 13 a 15 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € | 180 días |
| Mes 16 a 18 | 360 € | 300 € | 270 € | 240 € | 180 días |
| Mes 19 a 21 | 240 € | 210 € | 180 € | 150 € | 180 días |
| Mes 22 a 24 | 180 € | 150 € | 120 € | 90 € | 180 días |
Si trabajas a tiempo parcial y tu prestación contributiva nació antes del 1 de abril de 2025 pero no cumples las condiciones del CAE de jornada completa, puedes seguir compatibilizando la prestación con el trabajo a tiempo parcial de la forma anterior: el SEPE deduce del importe la parte proporcional a las horas trabajadas.
Las rentas que ganes con tu sueldo mientras cobras el CAE no cuentan para calcular si superas el límite de rentas o de responsabilidades familiares que exige el subsidio. Aun así, si no cumples ese requisito al terminar el CAE, tienes hasta seis meses para pedir la prórroga del subsidio, o quince días desde que dejes el trabajo si en ese momento sigues empleado.
Cómo se solicita
Si cobras un subsidio, no tienes que solicitar nada: el SEPE reconoce el CAE de oficio en cuanto detecta que trabajas. Solo debes avisar al SEPE si estás en uno de los supuestos excepcionales en los que no procede el CAE, y comunicar el cese en el trabajo cuando se produzca.
Si cobras la prestación contributiva y quieres compatibilizarla como CAE con un trabajo a jornada completa, tienes que solicitarlo. Si presentas la solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes al inicio del trabajo, cobras el CAE desde el primer día de la relación laboral. Si la presentas después, el CAE empieza a contar desde la fecha de la solicitud, siempre que el contrato siga vigente en ese momento. Puedes solicitarlo y consultar la percepción del CAE en tu área personal del SEPE, o en tu oficina de prestaciones con cita previa.
Si no solicitas la compatibilidad cuando te corresponde pedirla, el SEPE suspende o extingue tu prestación contributiva según la duración del nuevo trabajo.
Qué pasa si dejas el trabajo que dio origen al CAE
Tienes obligación de comunicar al SEPE el cese en el trabajo compatible en cuanto se produzca. Si agotaste los 180 días de CAE sobre el subsidio manteniendo el trabajo, el subsidio con duración reconocida superior queda en suspenso y puedes reanudarlo cuando acredites una nueva situación legal de desempleo. Una vez consumidos esos 180 días, ya no puedes volver a compatibilizar el mismo subsidio, ni con un contrato a tiempo completo ni a tiempo parcial.
Consulta las cifras completas de cuantías del paro y los subsidios en 2026 y cómo funciona el subsidio por desempleo tras la reforma. Si todavía no cobras ningún subsidio, revisa los requisitos en la guía sobre el subsidio por desempleo.
Toda la información oficial y actualizada sobre el CAE está en la página del SEPE sobre el complemento de apoyo al empleo, con apartados específicos para la prestación contributiva y para los subsidios por desempleo.
Trámite oficial
Fuentes oficiales
Estas son las fuentes oficiales de esta guía:
- Complemento de apoyo al empleo (SEPE) www.sepe.es
- CAE para la prestación contributiva (SEPE) www.sepe.es
- CAE para los subsidios por desempleo (SEPE) www.sepe.es
- Cuantías anuales de las prestaciones (SEPE) www.sepe.es
Estos enlaces llevan a webs oficiales. El trámite es gratuito.
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