Desde el 5 de octubre, quien ya tenga un contrato vigente podrá pedir los datos nuevos que todavía no ha recibido.

Si tu relación laboral dura más de cuatro semanas, tu empresa tendrá que darte por escrito más información antes de que empieces. El Real Decreto publicado en el BOE entra en vigor el 5 de octubre de 2026.
¿Qué debe incluir la información escrita?
Además de identificarte a ti, a la empresa y el puesto, debe explicar el salario base y cada complemento por separado, cómo se calcula el sueldo variable y cuándo se paga. También debe indicar la jornada, los turnos, las horas extra, las vacaciones y las condiciones del periodo de prueba.
La información incluye también el lugar de trabajo, la formación, el convenio colectivo aplicable y cómo puede terminar el contrato. Si se usan sistemas automatizados para decidir sobre horarios, tareas, salario o despido, la empresa debe explicar sus criterios. También debe informar sobre el protocolo contra el acoso sexual y, cuando corresponda, el plan de igualdad y las medidas para personas LGTBI.
Si tu contrato escrito ya contiene todos esos datos, no hace falta repetirlos en otro documento. Si falta información, la empresa debe dártela por escrito. Puede hacerlo en papel o electrónicamente, siempre que puedas acceder al documento, guardarlo e imprimirlo.
El Ministerio de Trabajo debe ofrecer un modelo informativo a través del SEPE en un máximo de 20 días desde la publicación. La obligación de informar no depende de que ese modelo esté disponible.
¿Puedes pedirla si ya trabajas?
Si tu relación laboral sigue vigente cuando entre en vigor la norma, puedes pedir los datos que no tengas. La empresa tendrá 30 días hábiles desde que reciba tu solicitud para entregarlos. Para entender qué revisar antes de firmar, consulta nuestra guía sobre los tipos de contrato.
Si la empresa cambia después alguna de esas condiciones, debe informarte lo antes posible y, como máximo, el mismo día en que el cambio entre en vigor.
¿Qué tienes que hacer ahora?
- Lee el Real Decreto en el BOE y guarda el enlace.
- Compara tu contrato con la información que debe incluir. Si es tu primer empleo aquí, consulta también nuestra guía del papeleo laboral en España.
- Si ya trabajas y te faltan datos, prepara una solicitud para enviarla cuando la norma entre en vigor.
Trámite oficial
Fuentes oficiales
Estas son las fuentes oficiales de esta guía:
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